Constitución Provincial

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Constitución Provincial

Nuestra Provincia fue una de las cuatro primeras en sancionar su primera constitución. Ello sucedió en el 11 de diciembre del año 1821 en que la Asamblea Provincial “…convencida de la necesidad de un proyecto político de gobierno y administración que promueva la gloria, la prosperidad y la buena dirección en toda la Provincia, ha decretado en sus sesiones el siguiente reglamento provisorio, y mandado observar en toda ella desde el día de su publicación…” (Textual de los fundamentos de la ley que aprueba el Primero Reglamento Provisorio Constitucional). El Primer Reglamento Provisorio Constitucional de la Provincia fue jurado primero por todo el gabinete provincial y en días posteriores se juró en la ciudad capital y en pueblos y parajes del interior.

Este primer reglamento fue reformado parcialmente en los años: 1824, 1856, 1864, 1889, 1913, 1960, 1993 y el texto nos rige desde el año 2007, de acuerdo con la Ley Nº 5692, ampliado el texto del artículo 3º y modificados los artículos: 5º, 7º y 10 según Ley Nº 5765 del año 2006, que declara formalmente la necesidad de su reforma parcial y establece los títulos o artículos a reformar, previa convocatoria a elecciones de Convencionales Constituyentes.

El plenario de la Convención Constituyente inició sus tareas el 12 de marzo de 2007 y finalizó en la sesión del 10 de junio de 2007 en que fue aprobado por aclamación el nuevo texto que hoy nos rige.

  

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