La Cámara de Diputados sancionó la Ley 6633, -en su sesión desarrollada en Goya el pasado miércoles 26 de abril- que establece taxativamente:
ARTÍCULO 1º. TRANSFÓRMASE el actual Juzgado de Paz Barrial Nº 1 de la ciudad de Corrientes, en Juzgado de Primera Instancia Civil, Comercial y Secretaría de Paz, con más las competencias y atribuciones establecidas por Ley Nº 5.907.
ARTÍCULO 2º. FACÚLTASE al Superior Tribunal de Justicia a determinar la competencia material y el orden de subrogación aplicable al titular del Juzgado, cuya transformación se dispone.
ARTÍCULO 3º. FACÚLTASE al Superior Tribunal de Justicia a establecer la fecha de entrada en vigencia de la nueva competencia del Juzgado transformado por la presente ley.
ARTÍCULO 4º. EL Magistrado y los Funcionarios del Juzgado transformado en virtud de la reestructuración dispuesta por la presente, deberán prestar juramento de ley y ser reubicados en la categoría escalafonaria correspondiente.
ARTÍCULO 5º. EL Superior Tribunal de Justicia deberá comunicar al Poder Ejecutivo, la estimación de recursos necesarios para la puesta en funcionamiento y operatividad del Juzgado transformado, a fin de que se prevean en los respectivos presupuestos anuales del Poder Judicial y del sector público provincial, las partidas necesarias para implementar la presente ley.
Para entender la nueva Ley, es necesario referir la fundamentación de la diputada Lucía Centurión, quien ante sus pares, detalló:
“Este juzgado de paz barrial surgió originariamente allá hace más de 10 años para atender cuestiones menores barriales y su competencia sólo se extendía a dos barrios de la capital correntina”, comenzó diciendo.
“Imagínense -agregó- que en estos 10 años, con el incremento poblacional y las demandas en las relaciones de vecindad, hizo que sus competencia fueran extendiéndose paulatinamente hasta llegar a abarcar aproximadamente 27 barrios, con una conformación de Juzgado de Paz, con lo cual significa que los recursos humanos muy reducidos y una amplia demanda de servicios a la jurisdicción”, citó.
Continuó señalando el objetivo final es “dar al justiciable la celeridad y la resolución de los conflictos en tiempos inmediatos para que realmente podamos hablar de una justicia inmediata, valga la redundancia”, concluyó.
El expediente, cumplimentado todos sus pasos parlamentarios; pasó al Poder Ejecutivo para su promulgación.
(Prensa Diputados Corrientes)