Prohíbe la distribución y comercialización del cigarrillo electrónico, como así también su uso en lugares cerrados de acceso público, a menores de dieciocho (18) años.
Datos Generales
Tipo de Proyecto:
Ley
Asunto:
Prohíbe la distribución y comercialización del cigarrillo electrónico, como así también su uso en lugares cerrados de acceso público, a menores de dieciocho (18) años.
Prohíbe la distribución y comercialización del cigarrillo electrónico, como así también su uso en lugares cerrados de acceso público, a menores de dieciocho (18) años.
Autor/es:
Dips. Rotela Cañete y Saez
Partido:
Partido Popular
Presentado en Sesión H.C.D.:
13/11/2019
Comisión:
Salud Pública
Expediente H.C.D.:
14109
Archivo:
17/03/2021 - LEY Nº 4513 (art. 4º)
Expediente: 14109
Asunto:
Prohíbe la distribución y comercialización del cigarrillo electrónico, como así también su uso en lugares cerrados de acceso público, a menores de dieciocho (18) años.
Partido:
Partido Popular
Autor:
Dips. Rotela Cañete y Saez
Tipo de Proyecto:
Ley
Presentado en sesión:
13/11/2019
Comisión:
Salud Pública
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17/03/2021 - LEY Nº 4513 (art. 4º)