Establece que la atención primaria de la salud visual de la población en la Provincia de Corrientes sea desempeñada exclusivamente por médicos especialistas en Oftalmología, debidamente matriculados y habilitados.
Datos Generales
Tipo de Proyecto:
Ley
Asunto:
Establece que la atención primaria de la salud visual de la población en la Provincia de Corrientes sea desempeñada exclusivamente por médicos especialistas en Oftalmología, debidamente matriculados y habilitados.
Establece que la atención primaria de la salud visual de la población en la Provincia de Corrientes sea desempeñada exclusivamente por médicos especialistas en Oftalmología, debidamente matriculados y habilitados.
Autor/es:
Dips. Canteros, Fernández Recalde y Gortari.
Partido:
Encuentro por Corrientes (Eco)
Presentado en Sesión H.C.D.:
17/06/2026
Comisión:
Salud Pública.
Expediente H.C.D.:
20115
Expediente: 20115
Asunto:
Establece que la atención primaria de la salud visual de la población en la Provincia de Corrientes sea desempeñada exclusivamente por médicos especialistas en Oftalmología, debidamente matriculados y habilitados.
Partido:
Encuentro por Corrientes (Eco)
Autor:
Dips. Canteros, Fernández Recalde y Gortari.