Reglamento h.c.d
R E S O L U C I Ó N Nº 1 0 7 / 1 3.-
LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el ANEXO I de la presente y téngase a su contenido como Reglamento Interno de la Honorable Cámara De Diputados.
ARTÍCULO 2º.- Establécese su vigencia a partir del día 1º de diciembre de 2013, siendo de aplicación para la Sesión Preparatoria del presente año.
ARTÍCULO 3º.- Dispónese la impresión de doscientos (200) ejemplares para ser distribuidos: dos (2) ejemplares a cada miembro integrante del Plenario como así también a las autoridades superiores, funcionarios y Biblioteca; el remanente quedará en custodia bajo la responsabilidad de la Presidencia o de la dependencia que este delegue, imputándose la erogación pertinente a la partida correspondiente del presupuesto de gastos vigente.
ARTÍCULO 4º.- Autorízase a la Presidencia a realizar los trámites administrativos y contables necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo tercero.
ARTÍCULO 5º.- Dése amplia difusión y publicidad, incorporándose al sitio WEB que posee la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Corrientes.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, cumplido, archívese.
DADA en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Corrientes, a los dieciséis días del mes de octubre del año dos mil trece.
DRA. EVELYN KARSTEN Dr. PEDRO GERARDO CASSANI
SECRETARIA PRESIDENTE
H. CAMARA DE DIPUTADOS H. CAMARA DE DIPUTADOS